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Bukele reforma la ley del aguinaldo: podrá pagarse desde el 1 de octubre y estará exento de renta hasta $1,500

 

Copete: La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó con 60 votos un paquete de cinco reformas legales que amplían el período de pago del aguinaldo para trabajadores públicos, privados y pensionados, adelantando el inicio al 1 de octubre y estableciendo una exención del Impuesto sobre la Renta para montos de hasta $1,500.


San Salvador, 23 de septiembre de 2026. La Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó este miércoles, con 60 votos y mediante dispensa de trámites, un paquete de cinco reformas legales que amplían el período para el pago del aguinaldo y otros beneficios de fin de año, por instrucción del presidente Nayib Bukele. La medida beneficia a trabajadores del sector público, la empresa privada, pensionados, beneficiarios de pensiones alimenticias y empleados estatales que reciben compensaciones adicionales en efectivo.

El ministro de Trabajo y Previsión Social, Rolando Castro, confirmó que la extensión del plazo abarcará de forma integral a todos los sectores. "Por instrucción del presidente de la República, Nayib Bukele, hemos reformado las leyes sobre el aguinaldo. Se amplía el período, hoy podrá cancelarse del 1 de octubre al 20 de diciembre de cada año", detalló el funcionario. La disposición faculta a los patronos a realizar la entrega de esta prestación en una ventana de tiempo más amplia, manteniendo el 20 de diciembre como fecha límite para su desembolso.

La reforma principal modifica los artículos 197, 200 y 202 del Código de Trabajo. El cambio central adelanta el inicio del período habilitado para pagar el aguinaldo, que hasta ahora comenzaba el 20 de octubre, establecido así en una reforma aprobada en octubre de 2025. Con la nueva disposición, los empleadores podrán entregar la prestación desde el 1 de octubre, siendo decisión de cada patrono fijar la fecha exacta dentro de ese período, pero deberá realizarlo en un único pago y, en ningún caso, después del 20 de diciembre.

La reforma también fija el 12 de diciembre como fecha de referencia para calcular el aguinaldo proporcional, criterio que se aplicará a quienes no hayan completado el tiempo de servicio necesario para acceder al monto íntegro. Asimismo, cuando un trabajador renueve anualmente su contratación con el mismo empleador, se deberá respetar la fecha original en que inició la relación laboral para determinar la escala correspondiente. En caso de despido sin causa legal antes del 12 de diciembre, el trabajador tendrá derecho al pago proporcional del aguinaldo correspondiente al tiempo laborado.

En materia de pensiones, los diputados reformaron los artículos 97 y 153 de la Ley Integral del Sistema de Pensiones, permitiendo que la pensión de Navidad y el beneficio adicional anual destinado a los jubilados se paguen desde el primer día hábil de octubre hasta el quinto día hábil de diciembre. La reforma al Decreto Legislativo N.° 140, que regula la retención de aguinaldos por obligaciones de pensiones alimenticias, autoriza que el descuento del 30% comience el 1 de octubre y que el fondo sea entregado a los beneficiarios a más tardar el 20 de diciembre.

La cuarta iniciativa modifica la Ley sobre la Compensación Adicional en Efectivo, que contempla una prestación para empleados públicos y militares. Con el cambio, las instituciones del Estado podrán pagar ese beneficio entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre.

Asimismo, la Asamblea aprobó disposiciones transitorias para declarar como renta no gravable los aguinaldos y las compensaciones adicionales en efectivo cuyo monto sea igual o menor a $1,500, quedando completamente libres de la retención del Impuesto sobre la Renta (ISR).

Durante la sesión plenaria, la diputada Marcela Villatoro, de Arena, solicitó que se les entregaran las piezas de correspondencia que se sometían a votación para valorar si las respaldaban. "Les aseguro que la mayoría no sabe de qué se trata", afirmó. La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, también pidió que se les entregaran las piezas de correspondencia antes de la votación. Ambas diputados respaldaron finalmente las iniciativas. Los decretos se aprobaron como "de orden público" y entrarán en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial.

En los considerandos del decreto, la Asamblea señala que el aguinaldo es una prestación laboral obligatoria y de carácter social destinada a contribuir al bienestar económico de los trabajadores y sus familias. El decreto sostiene que ampliar el período de pago permitirá generar condiciones económicas favorables y dinamizar la actividad económica, además de fortalecer la certeza jurídica sobre esta prestación